jueves, 23 de junio de 2011

Lo último en Bono Vacacional

Elvira Annicchiarico. Presidente Seccional FCES.

En horas de la mañana de hoy se conoció vía ASDELUZ, que ya se había recibido un oficio del MPPEU donde se impartían instrucciones a las Universidades para el cálculo del Bono Vacacional y Bono de Fin de Año correspondiente al ejercicio fiscal 2011. Allí se indica que se aplicará lo establecido en las Convenciones Colectivas del sector Obrero (Cláusulas 20 y 21 ) y en el sector Administrativo (Cláusulas 26 y 27), indicando también que lo anterior es extensivo al personal Docente. 
El mismo oficio solicita la remisión de la nómina del personal beneficiario del pago del Bono Vacacional y que la información debe ser presentada en digital según formatos antes del 28.06
En este sentido y al consultar con funcionarios del  Dpto. de Nómina se pudo conocer que la estructura del registro para la data solicitada se puede simplificar en una expresión matemática con dos factores 4,125 y 3,75, los mismos factores que fueron enviados por LUZ en junio del 2009 en una comunicación dirigida a la OPSU donde se explicaba el error de la fórmula hasta entonces utilizada y que fue producto de la identificación y cálculo en la mesa de debate que se abrió en mi corta gestión al frente de la Dirección de Recursos Humanos y en la que participaron funcionarios de Nómina, Control Previo y Dictiluz como Edwing Pérez, Alba Morón, César Sánchez, Alexander García y el Prof. Hugo Quintero invitado como experto en matemáticas.
Ahora bien, la expresión matemática para el cálculo de los bonos se puede explicar de la siguiente manera, el primer factor 4,125  se calcula a los conceptos a los cuales se les aplica la deducción de caja de ahorro, es decir sueldo tabla, prima titular y prima directiva en el caso del personal docente. El segundo factor 3,75 sería calculado al resto de los conceptos, esto es, aquellos a los cuales no se les computa la caja de ahorro como la prima por hogar y la prima por hijos.
La fórmula modificada para el personal docente quedaría expresada de la siguiente manera:

BONO VACACIONAL = (SUELDO+PRIMA TITULAR+PRIMA DIRECTIVA) x 4,125  + (PRIMA POR HIJOS + PRIMA POR HOGAR) x 3,75

Con esta modificación se respeta lo establecido en los convenios colectivos y se beneficia a los tres sectores, por cuanto el monto a recibir supera con creces a lo que anteriormente percibimos. Ahora bien, aclarada la formula y su instructivo sigue construir la data y tener lista la nómina sólo a la espera de recursos, que en mi opinión será cancelado en partes como se los expliqué en una nota anterior de fecha 21.06. Ojalá y me equivoque! . En todo caso y es lo que en definitiva cuenta, la promesa del ministerio es que antes de irnos de vacaciones la totalidad del bono será cancelado. Que así sea!

Ejemplo: Profesor Titular Dedicación Exclusiva  Bs. 7.232
              Prima de Titular 5 años Bs. 785
              Prima por Hogar Bs. 235
              Prima por Hijos (3) Bs. 903

Bono Vacacional con fórmula OPSU= Bs. 32.330,57
Bono Vacacional con fórmula corregida = Bs. 37.337,625

No hay comentarios:

Publicar un comentario