domingo, 30 de julio de 2017

Algunas tablas salariales de la tercera convención colectiva

Para que tengan a mano algunas tablas salariales



Beneficios contemplados en la tercera convención colectiva de trabajadores universitarios

Elvira Annicchiarico

Luego de meses de negociación, tres prorrogas de convocatoria en los últimos días y sin la participación de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) se firma la tercera convención colectiva (CCUIII). Sus acuerdos benefician a más de 211 mil trabajadores universitarios según lo anunciado por el  ministro de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, Hugbel Roa, desde la Vicepresidencia de la República.
Lo que dijo el Ministro de la convención homologada:
  • Todos los beneficios conquistados tienen carácter retroactivo desde enero del 2017.
  • Cerca del 620% de aumento desde diciembre de 2016 a julio de 2017
  • Los tabuladores salariales estarán sujetos al salario mínimo y a una reconstrucción de las tablas que inicia desde el 1,40 de ese salario mínimo.

Por su parte en el programa de radio Contacto Gremial, Alex Angulo, secretario de actas de la Federación de Trabajadores Universitarios de Venezuela (FTUV) y secretario general del Sindicato de Obreros de la Universidad del Zulia (Soluz), informó sobre algunos alcances de la CCUIII de la cual extraemos los beneficios para los docentes y destacó:
  • La prima por grado académico es extendida para los docentes con Especialización, Maestría y Doctorado con los siguientes valores porcentuales sobre la base de la categoría y dedicación: 16% especialistas, 18% magister y 20% doctores, es una prima salarial mensual. 
  • También se extiende a los docentes la prima de antigüedad en los mismos términos que el personal obrero y administrativo. Es decir, el 1,5% del salario normal por años de servicios. 
  • Primas y beneficios no salariales en su mayoría tienen como base la unidad tributaria. En este sentido se crea la prima familiar como fusión de la prima por hogar y la prima por hijos. Esta prima tiene una base de cálculo de 300 UT, la prima por hijo con discapacidad se ubica por el orden de las 200 UT, mientras los beneficios como becas de estudio, prima por actividad académica, prima de supervisor tendrán una base de cálculo de 50 UT. Beneficios como útiles escolares y juguetes en 300 UT cada uno.
  • Los beneficios se extienden al personal jubilado y pensionado 
  • Se incrementa la base de cálculo del bono vacacional a 105 días con sueldo del mes de julio y el bono de fin de año a 120 dias.
  • El Sistema Integral de Salud, en el que se establecen montos de Hospitalización y Cirugía para el año 2017 de Bs. 2.000.000 (cobertura básica) y Bs. 1.000.000 (exceso) y para el año 2018 los montos de cobertura se ubican en Bs. 3.000.000 (básico) y Bs. 1.000.000 (exceso).

En rasgos generales son los logros obtenidos en la CCUIII donde prevalecen los beneficios y primas con bases porcentuales de cargos o con base a UT pero que no presenta ajustes sustanciales en las tablas salariales puesto que se limita a iniciar la reconstrucción de las tablas con un porcentaje inicial del 40% sobre el salario mínimo y se ajustan a los incrementos de los mismos por decreto presidencial que en este año han sido 50% enero, 60% mayo y 50% julio.
No obstante lo anterior, indudablemente aunque parezca irónico esta convención colectiva, donde no participo nuestra federación FAPUV, favoreció a los docentes tomando en cuenta los beneficios otorgados como la prima de antigüedad y la prima de grado académico que ya los administrativos y obreros disfrutaban desde hace años.

Próxima entrega… cómo calcular tu sueldo paso a paso

jueves, 13 de julio de 2017

A los universitarios les corresponde un recálculo del bono vacacional 2017

Elvira Annicchiarico :

El dia de ayer fue depositado en las cuentas nómina de los trabajadores de LUZ el monto correspondiente al bono vacacional con el sueldo del mes de JUNIO como base de cálculo. Sin embargo les informo que, si bien este monto que hasta ahora es definitivo porque se basa en la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo II cambiará en los próximos días y será un derecho el recálculo de nuestro bono vacacional.

Esta afirmación esta basada en dos puntos:

1. Hay actas firmadas que incorporan nuevos beneficios como la prima por especialización, maestría y doctorado (para los docentes cambia el bono doctor a una prima salarial); también se incorpora la prima por antigüedad a los docentes y en los días por venir se definen otros beneficios como prima por hogar, por hijos y los ajustes salariales. De tal manera que al homologar el convenio nos corresponde estos beneficios que tienen vigencia desde el 1ero de enero de 2017 y por ende indicen en el bono vacacional y generan un retroactivo.

2. El otro elemento parte de un supuesto. Si se aprueba la propuesta de modificación de las clausulas de Bono Vacacional y Recreacional tal y como ha sido el justo reclamo desde el 2015, y se incorpore un parágrafo que vaya de acuerdo a lo establecido en la ley del trabajo, esto es, que aunque la base de cálculo del referido bono sea el mes de junio si hay un incremento salarial en el mes de julio vía decreto presidencial o convenio colectivo se debe recalcular el mismo. En este sentido también este elemento sería un motivo para el recálculo.

Es decir, exite la certeza de que por una via o por ambas nos corresponde un recálculo del bono vacacional, ahora  ¿cuándo se materializará este recálculo? Eso dependerá de cuando se termine de firmar el Convenio Colectivo III y la exigencia del envío de los recursos por parte del ejecutivo nacional.

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