jueves, 13 de julio de 2017

A los universitarios les corresponde un recálculo del bono vacacional 2017

Elvira Annicchiarico :

El dia de ayer fue depositado en las cuentas nómina de los trabajadores de LUZ el monto correspondiente al bono vacacional con el sueldo del mes de JUNIO como base de cálculo. Sin embargo les informo que, si bien este monto que hasta ahora es definitivo porque se basa en la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo II cambiará en los próximos días y será un derecho el recálculo de nuestro bono vacacional.

Esta afirmación esta basada en dos puntos:

1. Hay actas firmadas que incorporan nuevos beneficios como la prima por especialización, maestría y doctorado (para los docentes cambia el bono doctor a una prima salarial); también se incorpora la prima por antigüedad a los docentes y en los días por venir se definen otros beneficios como prima por hogar, por hijos y los ajustes salariales. De tal manera que al homologar el convenio nos corresponde estos beneficios que tienen vigencia desde el 1ero de enero de 2017 y por ende indicen en el bono vacacional y generan un retroactivo.

2. El otro elemento parte de un supuesto. Si se aprueba la propuesta de modificación de las clausulas de Bono Vacacional y Recreacional tal y como ha sido el justo reclamo desde el 2015, y se incorpore un parágrafo que vaya de acuerdo a lo establecido en la ley del trabajo, esto es, que aunque la base de cálculo del referido bono sea el mes de junio si hay un incremento salarial en el mes de julio vía decreto presidencial o convenio colectivo se debe recalcular el mismo. En este sentido también este elemento sería un motivo para el recálculo.

Es decir, exite la certeza de que por una via o por ambas nos corresponde un recálculo del bono vacacional, ahora  ¿cuándo se materializará este recálculo? Eso dependerá de cuando se termine de firmar el Convenio Colectivo III y la exigencia del envío de los recursos por parte del ejecutivo nacional.

Si te gustó comparte ;)
 

1 comentario:

  1. Según la LOTT, el bono se calcula con el salario del mes anterior a las vacaciones. Las vacaciones según la CCU comienzan en Julio. Si LUZ retrasa las vacaciones hasta Agosto, está violando la CCU y debe responder por la diferencia.
    La norma mas favorable se aplica integramente(LOTT), no se puede escoger la parte que mas nos conviene de cada norma

    ResponderEliminar