domingo, 21 de octubre de 2012

Bono Doctoral 2012, información para nuevos doctores

En virtud de la cercanía de la fecha tope para la recepción del Título de Doctor de todo aquel personal docente y de investigación que haya alcanzado dicho requisito para acceder al Beneficio Bono de Doctoral o Bono de Doctor, hacemos llegar a ustedes la siguiente información:
Este Bono, es un concepto que otorga anualmente el ejecutivo Nacional al personal docente que ha alcanzado el grado académico doctoral con el proposito de ponerlo al servicio de la docencia, investigación y extensión de las universidades del país.
Para poder procesar este beneficio, la Dirección de Recursos Humanos, a través del Proceso de Administración y Ejecución de la Nómina, Subproceso de Nómina Docente, ha establecido los parámetros de recepción, procesamiento y aplicación de la siguiente manera:
1. Fecha de tope de recepción: Todo profesor que haya entregado su Título de Doctor ante el Sistema de Archivo e Información (CEDIA) antes del 30/10/2012 sin prorroga, será beneficiado del disfrute del referido bono. Es necesario recalcar que el docente que consigne su título después de la fecha señalada, aun cuando tenga derecho al beneficio, este mismo será procesado para el ejercicio fiscal 2013.
2. Instransferibilidad: Este concepto no es transferible, ni es heredable, es estrictamente personal.
3. Base de Cálculo: el 19 % del sueldo básico por 12 meses. Tomando en consideración la categoría y dedicación que cobra el profesor para el mes de octubre, sin prorrateos ni equivalencias, salvo por la fecha de recepción del Título en el Cedia.
4. Fecha de Pago: Tradicionalmente se paga en la 2da. Quincena de noviembre, aunque depende estrictamente al ingreso del respectivo fondo al tesoro universitario.

Atentamente,
Dra. Ixora Gómez Salazar
Directora
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