lunes, 17 de septiembre de 2012

Lo que No se ha dicho del salario mínimo


Elvira Annicchiarico.
@elviranni

Cuando se habla del salario mínimo se asocia generalmente a beneficios y justicia social, y es que en estos días el nuevo salario mínimo es un elemento de alta notoriedad, ya que partir del 1 de septiembre  se situó en la cantidad de Bs 2.047, esto hace de Venezuela el país con el mayor salario mínimo de América del Sur. Sin embargo, la otra cara de la moneda es que el salario mínimo, teóricamente, es la remuneración garantizada por el Estado para el trabajador con la menor calificación del mercado laboral. En Venezuela es el salario promedio de la población, a diferencia de la mayoría de los países, donde máximo un 10% recibe esta remuneración.
Lo anterior es preocupante cuando analizamos los sueldos LUZ, puesto que el nuevo salario ocasiona unificación de escalas salariales y solapamiento de cargos, tanto en el caso del personal administrativo, como del obrero. Específicamente, a partir de septiembre, en el personal administrativo, los cargos de apoyo en sus niveles 1,2,3 y 4 pasarían todos a ganar Bs.2.047; y en el caso del personal obrero esto sucede con los 5 primeros grados salariales de un total de 7 grados. Esto es, hablando de cargos solo de forma enunciativa: Un aseador, bedel, mensajero, chofer, recepcionista, secretaria, oficinista ganan los mismos Bs. 2.047.
En el caso del personal docente la situación empeora. La tabla de sueldos vigente (aprobada en mayo del 2011) indica que un profesional que inicia la carrera docente: Profesor Instructor a Tiempo Completo, tiene un sueldo de Bs 2.677, es decir,  1,30 salarios mínimos, o lo que es lo mismo, Bs. 630 por encima de un trabajador sin ninguna o poca instrucción. Del mismo modo si tomamos en cuenta el tope de la carrera docente: Profesor titular dedicación exclusiva (lo cual implica mínimo 15 años de docencia, título de doctor e investigador activo), el sueldo es de Bs. 7.232, lo cual apenas sobrepasa los 3 salarios mínimos.  Es más, el sueldo más alto en la institución universitaria corresponde al cargo de Rector (por la prima que el cargo conlleva) alcanza escasamente Bs. 9.000 (menos de 5 salarios mínimos).  Vergonzoso.
Los anteriores ejemplos no son consistentes el texto constitucional dónde se plantea que el Estado debe garantizar a los docentes un régimen de trabajo y nivel de vida acorde con su elevada misión; pero contrariamente, se ajusta a la tendencia en Venezuela de colocar al salario mínimo como orientación igualitaria, porque no hay ajustes en las tablas salariales a partir de éste. En consecuencia, el salario mínimo se convierte en  un indicador de que el nivel de formación no tiene peso alguno en las remuneraciones… al menos en LUZ.  Nuestra actual lucha reivindicativa debe estar orientada al ajuste de las tablas salariales.

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